Comité Ejecutivo Nacional

FUNCIONES DE LAS SECRETARÍAS QUE CONFORMAN EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL

El Comité Ejecutivo Nacional es el órgano que tiene la representación legal, judicial y extrajudicial del sindicato. Conozca cuáles son las funciones de cada una de las secretarías, según nuestros Estatuto:

 

Funciones de la Secretaría General

Son atribuciones de la Secretaría General:

  •  Asistir a las Asambleas Generales, Asambleas Sectoriales, a las sesiones del Comité Ejecutivo Nacional.
  • Representar judicial y extrajudicialmente al Sindicato, en todos los actos, tanto en sus relaciones internas como externas.
  • Suscribir todo documento oficial que emane del Sindicato.
  •  Redactar el informe final de labores que deberá ser sometido a conocimiento del Comité Ejecutivo Nacional y, posteriormente, a la Asamblea General.
  •  Presidir las sesiones del Comité Ejecutivo Nacional, de las Asambleas Generales y de las Asambleas Sectoriales.
  •  Convocar a sesiones del Comité Ejecutivo, cuando las circunstancias lo ameriten.
  •  Abrir, dirigir y mantener el orden en las sesiones, asimismo, suspenderlas o levantarlas, según corresponda.
  •  Velar por la buena marcha administrativa del Sindicato, observar y hacer que se respete el Estatuto y las resoluciones o acuerdos de las Asambleas Generales y Sectoriales y el Comité Ejecutivo Nacional.
  •  Desempeñar otras tareas que se deriven de lo señalado en este estatuto y aquellas que le encomiende el Comité Ejecutivo Nacional, las Asambleas Generales o las Asambleas Sectoriales y el Congreso Ideológico.
  •  Autorizar, junto con el Secretario de Finanzas, todas las erogaciones del Sindicato.
  •  Firmar, junto con el Secretario de Actas y Correspondencia, los libros de actas de las Asambleas Generales, del Comité Ejecutivo Nacional y de las Asambleas Sectoriales.
  • Enviar los informes y comunicaciones al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
  •  Tramitar la correspondencia del Sindicato junto con la Secretaría de Actas y Correspondencia.
  •  Verificar y corroborar la asistencia de los miembros del Comité Ejecutivo Nacional, a las sesiones ordinarias y extraordinarias de este.

Funciones de la Secretaría General Adjunta

Son deberes y atribuciones de la Secretaría General Adjunta:

  • Asistir a las Asambleas Generales, Asambleas Sectoriales, sesiones del Comité Ejecutivo Nacional.
  •  Representar judicial y extrajudicialmente a la Secretaría General en sus funciones con los mismos deberes y atribuciones.
  •  Reemplazar temporalmente a la Secretaría General en sus funciones con los mismos deberes y atribuciones.
  •  Coordinar para asegurar el funcionamiento de las Comisiones internas que se nombren.
  •  Preparar las Asambleas Generales, de las Asambleas Sectoriales, del Comité Ejecutivo Nacional, de acuerdo con las directrices de este último.
  •  Ejecutar los acuerdos del Comité Ejecutivo Nacional en colaboración con la Secretaría de Actas y Correspondencia.
  •  Desempeñar las otras comisiones o tareas que se deriven de lo señalado en este Estatuto y aquellas que le encomiende el Comité Ejecutivo Nacional, las Asambleas Generales y las Asambleas Sectoriales.
  •  Verificar y corroborar la asistencia de los miembros del Comité Ejecutivo Nacional a las sesiones ordinarias y extraordinarias.

Funciones de la Secretaría de Actas y Correspondencia

Son deberes y atribuciones de la Secretaría de Actas y Correspondencia:

  • Tramitar con la Secretaría General la correspondencia del Sindicato.
  • Redactar y firmar, con el secretario general, las actas de Asambleas Generales, de las Asambleas Sectoriales y del Comité Ejecutivo Nacional.
  • Llevar los libros de actas de las Asambleas Generales, de las Asambleas Sectoriales y del Comité Ejecutivo Nacional.
  • Leer el acta correspondiente a la sesión anterior en cada Asamblea General, de las Asambleas Sectoriales y de las Sesiones del Comité Ejecutivo Nacional.
  • Llevar el archivo de los libros de actas y documentos relacionados con su secretaría. Asimismo, deberá crear y llevar un respaldo de cada una de las actas por los medios tecnológicos actualizados y adecuados y que las leyes permitan. Para esto, podrá contar con el apoyo administrativo, con el fin primordial de que dichos respaldos se realicen de manera correcta, expedita y ordenada.
  • Firmar con la Secretaría General todos los documentos que a su secretaría correspondan.
  • Desempeñar las otras funciones y tareas que se deriven de lo señalado en este Estatuto y aquellas que encomienden el Comité Ejecutivo Nacional, la Asamblea General o las Asambleas Sectoriales.
  • Verificar y corroborar la asistencia de los miembros del Comité Ejecutivo Nacional, a las sesiones ordinarias y extraordinarias.

Deberes y Atribuciones de la Secretaría de Finanzas y Tesorería

Son deberes y atribuciones de la Secretaría de Finanzas y Tesorería:

  • Autorizar, con su firma y la de la Secretaría General o las Secretarías o miembros del Comité Ejecutivo Nacional que sean autorizados por este, todas las erogaciones a cargo del Sindicato.
  • Administrar, conforme a las estipulaciones de la Asamblea General, los fondos del Sindicato.
  • Tomar las disposiciones necesarias a efectos de que todos los afiliados coticen regularmente.
  • Recaudar los fondos provenientes de las cuotas de los afiliados u otro ingreso de cualquier naturaleza.
  • Propiciar y promover las soluciones que incrementen los ingresos de la organización.
  • Organizar y responsabilizarse del sistema contralor de fondos del Sindicato.
  • Presentar mensualmente a la sesión del Comité Ejecutivo Nacional, un estado general de la caja, con detalle de las entradas y salidas realizadas.
  • Ejercer el control de la contabilidad del Sindicato, de manera que permita conocer su estado en cualquier momento.
  • Presentar los informes económicos que le soliciten los órganos de dirección del Sindicato, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
  • Responsabilizarse y velar por los depósitos que se efectúen en los bancos, con la obligación de retener la suma indicada en los Estatutos.
  • Presentar los estados financieros del Sindicato, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), los cuales deberán someterse a conocimiento del Comité Ejecutivo Nacional y, posteriormente, a la Asamblea General.
  • Redactar y firmar, con la Secretaría General, todos los documentos que a su secretaría correspondan.
  • Desempeñar las otras comisiones y tareas que deriven de lo señalado en este Estatuto y aquellas que encomienden el Comité Ejecutivo Nacional, la Asamblea General o la Asamblea Sectorial.

Funciones de la Secretaría de Afiliación, Organización y Asuntos Regionales

Son deberes y atribuciones de la Secretaría de Afiliación, Organización y Asuntos Regionales:

  • Promocionar, ejecutar y emprender todas aquellas actividades necesarias para promover la afiliación de los profesionales en ciencias médicas e instituciones afines, por lo cual deberá coordinar estrechamente con la Secretaría General y seguir los lineamientos que indique el Comité Ejecutivo Nacional.
  • Velar por la correcta administración de base de datos de cada uno de los afiliados.
  • Fomentar permanentemente la afiliación, organización y participación de nuevos Profesionales en Ciencias Médicas a este Sindicato.
  • Propiciar canales, métodos y foros que incrementen la participación de todos los afiliados en la toma de decisiones de la organización sindical.
  • Promover, organizar y coordinar con los Comités Ejecutivos Locales con el objetivo de fortalecer las bases del Sindicato y aumentar el grado de participación.
  • Velar porque los Comités Ejecutivos Locales cumplan su cometido, de acuerdo con los objetivos y disposiciones del Sindicato, además, que informen oportunamente al Comité Ejecutivo Nacional, a la Asamblea General o Sectorial, sobre la labor realizada.
  • Propiciar y proponer las modificaciones necesarias con el fin de adaptarlas a la materialización de los principios y objetivos del Sindicato, para lograr la mayor cantidad de participación en la democracia sindical.
  • Establecer los mecanismos, con el fin de coordinar adecuadamente con las diversas regiones del país, así como con los dirigentes de cada región para el mejor cumplimiento de sus funciones.
  • Desempeñar las otras comisiones y tareas que se deriven de lo señalado en este Estatuto y aquellas que le encomienden el Comité Ejecutivo Nacional y la Asamblea General o Asambleas Sectoriales.

Funciones de la Secretaría de Educación, Cultura y Asuntos Sociales.

Son deberes y atribuciones de la Secretaría de Educación, Cultura y Asuntos Sociales:

  • Promover y coordinar toda clase de actividades sindicales, educativas, científicas, culturales y de cualquier otra índole que incrementen cualitativamente el grado de conciencia y de organización de los afiliados, así como su promoción integral.
  • Promover el intercambio de información y experiencia de manera sistémica con los organismos de educación y formación sindical, en el ámbito nacional e internacional.
  • Promover y desarrollar eventos para la conmemoración de fechas o acontecimientos importantes para el movimiento sindical, de los profesionales agremiados, o bien, de fechas importantes.
  • Velar por el mantenimiento de un archivo, en algún soporte tecnológico, de los acontecimientos sociales realizados por el Sindicato
  • Firmar con la Secretaría General todos los documentos que a su secretaría correspondan.
  • Desempeñar las otras comisiones y tareas que se deriven de lo señalado en este Estatuto y aquellas que encomiende el Comité Ejecutivo Nacional, la Asamblea General o las Asambleas Sectoriales.

Funciones de la Secretaría de Conflictos y Asuntos Legales

Son deberes y atribuciones de la Secretaría de Conflictos y Asuntos Legales:

  • Atender y asesorar técnica y sindicalmente todo conflicto jurídico o económico-social o de cualquier otra índole que afecte a un afiliado o a un grupo de afiliados.
  • Elevar, a la Comisión Paritaria o a la comisión que corresponda, los conflictos que deban ser resueltos por la Gerencia Médica o por la gerencia competente en la materia.
  • Mantener un registro de todos los conflictos obrero-patronales y de cualquier otra índole que lleguen a su conocimiento y tenerlos a disposición del Comité Ejecutivo Nacional, de la Asamblea General y de la Asamblea Sectorial.
  • Denunciar, según sea el caso, a los representantes sindicales o a cualquier otro miembro del sindicato que haya incurrido en prácticas laborales desleales, para que se les apliquen las sanciones correspondientes.
  • Firmar toda la correspondencia de su secretaría.
  • Desempeñar las otras comisiones y tareas que se deriven de este Estatuto y aquellas que le encomienden el Comité Ejecutivo Nacional, la Asamblea General o las Asambleas Sectoriales.

Funciones de la Secretaría de Comunicación e Información

Son deberes y atribuciones de la Secretaría de Comunicación e Información:

  • Mantener relaciones diplomáticas permanentes con todas aquellas organizaciones sociales y sindicales que tengan objetivos y principios similares a los de SIPROCIMECA.
  • Propiciar y promover, en coordinación con las otras secretarías del Comité Ejecutivo Nacional, toda clase de actividad que fomente el acercamiento con otras organizaciones sociales y sindicales.
  • Programar y ejecutar, de manera constante y permanente, planes de divulgación de todas las actividades del Sindicato.
  • Velar, fomentar y mantener continua y permanentemente informados a cada uno de los afiliados, a través de los medios tecnológicos que correspondan, sobre las actividades sindicales y cualesquiera en las que participe u organice el sindicato.
  • Mantener información ágil, verás y efectiva de las actividades sindicales propias del Sindicato, dirigidas a todos los medios de comunicación y a cualesquiera otras organizaciones sindicales y sociales. Velar por el mantenimiento de un archivo de cada una de las informaciones relativas al Sindicato y que se relacionen con las actividades sindicales en general y en particular con las de SIPROCIMECA.
  • Redactar y firmar con el secretario general, la correspondencia y publicaciones de su secretaría.
  • Desempeñar las otras comisiones y tareas que se deriven de lo señalado en este Estatuto y aquellas que le encomienden el Comité Ejecutivo Nacional, la Asamblea General y las Asambleas Sectoriales.

Funciones de la Secretaría de Asuntos Intersindicales e Internacionales

Son deberes y atribuciones de la Secretaría de Asuntos Intersindicales e Internacionales:

  • Fungir como enlace entre el Sindicato y otras organizaciones sindicales.
  • Desempeñar las otras comisiones y tareas que se deriven de lo señalado en este Estatuto y aquellas que le encomiende el Comité Ejecutivo Nacional, la Asamblea General o las Asambleas Sectoriales.
  • Establecer los vínculos internacionales con organizaciones sindicales de otros países, federaciones o confederaciones internacionales. Contestar la correspondencia internacional y llevar un registro de las actividades internacionales, en el campo del sindicalismo, especialmente cuando se trate de organizaciones afines al área de salud.

Funciones de las Vocalías

  • Las vocalías son miembros propietarios del Comité Ejecutivo Nacional y en el orden de elección suplirán a otras Secretarías en sus labores específicas.
  • Son funciones propias de las vocalías colaborar en forma permanente con todas las Secretarías y contribuir con la Secretaría General en las tareas de su competencia.
  • En el caso de que estuvieren ausentes en una misma sesión la Secretaría General y la Secretaría General Adjunta, el Comité Ejecutivo Nacional designará de entre sus miembros a quien suplirá en cada caso. En este caso, se sustituirá la ausencia en el siguiente orden: en primero término el Vocal I, en segundo lugar, el Vocal II, y en el caso de que no estuvieren ninguna de las Vocalías, lo sustituirá el miembro del Comité Ejecutivo Nacional que este designe.
  • Desempeñar las otras comisiones y tareas que se deriven de lo señalado en este Estatuto y aquellas que le encomiende el CEN y la Asamblea General o Asambleas Sectoriales.

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