
EL TRIBUNAL ELECTORAL DE SIPROCIMECA INFORMA
Estimados afiliados de SIPROCIMECA:
Tal y como es de su conocimiento, las actuaciones, decisiones, delegaciones y/o acuerdos, que sean emanados por parte del Tribunal Electoral, necesariamente deben estar justificadas y respaldadas por el ordenamiento jurídico vigente, el cual para efectos de procesos electorales en el Sindicato implica el cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de SIPROCIMECA, el Reglamento del Tribunal Electoral de SIPROCIMECA, el Código de Trabajo, la Ley 8901 y su reglamento, así como, el Código Electoral, en forma supletoria.
Partiendo de lo anterior y ante dudas que han surgido respecto a la convocatoria a elecciones del proceso electoral, SIPROCIMECA 2025, aviene en necesario aclarar e indicar en primera instancia que en cumplimiento de las normas anteriormente señaladas, para el Tribunal aviene en una obligación el garantizar una distribución equitativa de todos los cargos de la junta directiva entre las mujeres y los hombres que la integran, de modo tal, que en cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 8901: Porcentaje Mínimo de Mujeres que deben integrar las Directivas de Asociaciones, Sindicatos y Asociaciones Solidaristas y su Reglamento N° 42910-MJP-MTSS-MGP-MCM, se efectuó la convocatoria al proceso electoral indicando los géneros recomendados para ocupar los puestos que serán sujetos de elección en el periodo 2025.
Ahora bien y sin demerito de la obligación que tiene el Tribunal de velar por la participación equilibrada de mujeres y hombres en la conformación del Comité Ejecutivo Nacional de SIPROCIMECA, también aviene en necesario hacer la aclaración, de que en atención al derecho de libre participación electoral, cualquier persona independientemente de su género que desee postular su nombre para un puesto en específico dentro de las próximas elecciones y que cumpla con los requisitos requeridos en nuestra normativa, puede hacerlo libremente.
Motivo por el cual se informa, que en orden con la convocatoria y apertura del Proceso Electoral, realizada el jueves 2 de enero de 2025, todos los afiliados que estén interesados en participar en los puestos de elección, pueden enviar sus postulaciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 27 del Reglamento del Tribunal Electoral del sindicato.
El período de recepción de postulaciones finalizará el día lunes 3 de febrero de 2025 a las 12 medio día.
Firma responsable: Dr. Eduardo A. Zúñiga Delgado, MQC.
Cédula # 6-0171-0256
Presidente del Tribunal Electoral de SIPROCIMECA
Tel.: 2257-0150 | tribunalelectoral@siprocimeca.com | www.siprocimeca.com